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RAZONES E INTERCAMBIO DE BIENES

APUNTES PARA UNA CRÍTICA AL NEOLIBERALISMO

Publicado: 2016-06-20

Una razón es siempre de naturaleza práctica (una prescripción) y cuentan tanto con un contenido objetivo como con un carácter (son morales o no lo son). Las razones se distinguen de las descripciones teóricas, las cuales sólo tienen un contenido objetivo teórico pero carecen de carácter (nunca pueden ser morales). A su vez, contamos con tipos de razones. En primer lugar, podemos distinguir las razones impersonales (o generales) de las razones personales. Si tomamos ambos tipos de razones podemos tener una concepción coherente del mundo y, además sucede, que las razones generales y las razones personales se encuentran en una relación antinómicas. De esta antinomia surgen las razones mutuas o recíprocas. 

Las razones generales no excluyen las objeciones de ningún afectado (se refieren inequívocamente a condiciones de la vida práctica que todos pueden admitir como necesarias) Razones reciprocas, a su vez, son aquellas que no exigen ciertos privilegios sobre otros o no proyectan sobre otros las propias necesidades e intereses (surgen de relaciones interpersonales). Las relaciones interpersonales de las que surgen las razones mutuas acompañan siempre a los intercambios recíprocos de bienes. Las cuestiones de justicia no se fundan en la asignación de bienes sino en que las razones por las cuales se intercambian los bienes son razones recíprocas o mutuas.

La justicia tiene diferentes niveles. En un primer nivel, se trata de justicia política cuando los bienes que se intercambian por medio de razones recíprocas son derechos. Los derechos, a su vez, permiten y limitan de manera razonable las diferentes formas de vida que se articulan en torno a diferentes concepciones de la vida buena. La justicia social tiene que ver con razones mutuas por medio de las cuales se intercambian bienes materiales o simbólicos. En ambos casos, la justicia no se dirige a establecer a quién le corresponde qué, sino a examinar en conjunto las razones por las cuales se realiza la distribución, la asignación o el intercambio.

La justicia social encuentra su trasfondo en la justicia política. Las razones que la sustentan son derivados de las razones que sustentan la justicia política. Esta última se puede comprender como el derecho que tiene cada persona sometida a un esquema político y social de activar un derecho básico a la justificación, o dicho con otras palabras, la justicia sólo se realiza cuando nadie tiene una razón en contra de las relaciones establecidas.

En el mercado es el espacio en el que se busca realizar una parte importante de la justicia social. La promesa del mercado consiste en realizar la libertad de intercambio económico de manera clara y transparente. La libertad es entendida aquí como el intercambio de bienes materiales por razones recíprocas. Pero la concreción fáctica de las relaciones en el mercado traición de la promesa de la libertad que se promete. Es por esa razón que se produce, de un lado, relaciones de explotación por tarde del poder del dinero pero, de otro lado, la traición de los mismos individuos sometidos al mercado. Entra traición consiste en modificar la lógica ganar-perder, que se ha instalado en el mercado, por la de dar-recibir. De este modo de instala un doble principio de crítica a las relaciones de mercado: a) aquél que señala que el mercado traiciona la promesa de la libertad que él mismo contiene y b) a partir de las relaciones patológicas instaladas en el mercado, las mismas personas utilizan sus mismos mecanismos para hacer valer relaciones de intercambio recíprocos basados en la lógica “dar y recibir”.


Escrito por

Alessandro Caviglia Marconi

Filósofo. Profesor en la Pontificia Universidad Católica del Perú y la Universidad Antonio Ruiz de Montoya.


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